Los monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25% pueden mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.
El Gobierno nacional promulgó la ley que reforma el Régimen de Monotributo, actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Lo hizo a través del Decreto 253/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que promulga la ley sancionada el 8 de abril último en el Senado.
La normativa contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir desde hoy.
Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.
Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.
De acuerdo con el texto, podrán deducir, además, en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.
La ley establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.